El Ayuntamiento de Madrid inicia el procedimiento exprés para legalizar los PAUS
idealista.com 20/02/2013
El Ayuntamiento de Madrid ha dado el primer paso del proceso exprés para justificar con fundamentos científicos y jurídicos la reclasificación del suelo protegido a suelo urbanizable de los 21 PAUS afectados por la Sentencia del Tribunal Supremo. El consistorio ha iniciado el primer periodo de sometimiento a información pública de la revisión del PGOU, es decir, el periodo de alegaciones al avance. Paz González, Delegada de Urbanismo, mantiene que para el mes de agosto se entregarán las primeras licencias de primera ocupación.
Según ha señalado Paz González, en una rueda de prensa en la Junta de Gobierno, “en el punto final de la revisión del PGOU, en el mes de agosto, todos los propietarios de suelo y todos los cooperativistas volverán a tener su suelo en las mismas condiciones en las que está en el momento actual, no necesitarán realizar ningún desarrollo del planeamiento para volver a ponerlo en situación. El objetivo de la revisión no sólo es subsanar el error formal, sino también devolver la situación de los suelos al momento en el que se produce el “impase” por la sentencia”
Además, mantiene que para el mes de agosto se entregarán las primeras licencias de primera ocupación en Valdebebas, ya que es el PAU donde antes se terminarán de construir las primeras viviendas, previstas de entrega para el mes de marzo. Sin embargo, el Ayuntamiento está estudiando la posibilidad de adelantar la entrega de las licencias de primera ocupación para el mes de marzo, a través de una “regulación legislativa que nos diera cobertura para poder otorgar esas primeras licencias y no retrasar la entrada de sus vecinos a sus viviendas”, añade González
Según el Ayuntamiento, la aprobación de esta ley urgente se basaría en el excepcional interés público que tiene solventar el problema social y económico planteado en estos ámbitos, “en una situación de crisis económica como la que estamos. Se trata de suelos donde ya se han concedido licencias de edificación, y existen viviendas prácticamente terminadas, y de una ley que daría cobertura legal a estos ámbitos y con ello se podrían dar nuevas licencias y dictar cualquier tipo de acto administrativo, lo cual no impide que el ayuntamiento prosiguiera con los trámites iniciados para la revisión parcial del plan general de 1985”.
Desde el ayuntamiento alegan que esta fórmula se ha utilizado ya, y el Tribunal Constitucional lo ha dado por bueno, cuando efectivamente existe ese interés público, y alarma social.
La Sentencia del Supremo afecta a 21 ámbitos de Madrid y el calendario de actuación, según la Delegada de Urbanismo, está ajustado a las necesidades de cada PAU. Recuerda que hay 42.500 viviendas programadas en todos estos ámbitos y que muchas promociones están iniciadas (en Valdebebas). También destaca que en los ámbitos están presentes 96 cooperativas de viviendas que son propietarias de suelo que agrupan a unas 9.076 familias. y están distribuidas entre Valdebebas, con 67 cooperativas y 5.000 cooperativistas; Berrocales con 7 cooperativas y 2.200 cooperativistas; Ahijones con 18 cooperativas y 1.548 cooperativistas, y Arroyo del Fresno con 4 cooperativistas y 319 cooperativistas
“En el conjunto de los ámbitos, se han concedido licencias para la ejecución de más de 5.000 viviendas con una superficie edificable de 525.000 m2” sostiene González.
El PAU de Arroyo del Fresno es un caso aparte
El Ayuntamiento de Madrid reconoce que el PAU de Arroyo del Fresno se ha incluido de manera errónea en la Sentencia del Supremo y que está “haciendo intervenciones judiciales y recurriendo al Tribunal Superior de Justicia de Madrid para aclarar y poder sacar de la ejecución de sentencia este ámbito pero mientras tanto hemos incluido este ámbito al documento de revisión del PGOU porque no queremos perder la oportunidad de regularizar todo”, añade la Delegada de Urbanismo.
Evitar que un particular pueda recurrir una sentencia en cualquier momento
El Ayuntamiento de Madrid también está inmerso en modificar la ley para evitar que un particular sin un interés legítimo o que no ha sido parte en el procedimiento inicial pueda recurrir en cualquier momento y que termine ganando el juicio, como ha sido el caso de los PAU ilegales. Recordemos que el último recurso ante el Tribunal Supremo (la última instancia) lo presentó un particular que, según el Ayuntamiento, no tiene un interés legítimo en los ámbitos declarados ilegales.
En el derecho urbanístico existe lo que se denomina la acción pública y a través de esta figura cualquier persona puede acudir a los tribunales, tenga interés legítimo o no. El Ayuntamiento recuerda que en base a esta acción pública el Tribunal Supremo admitió el recurso de un particular, que no había sido parte en el procedimiento inicial (no recurrió nunca el plan general). Por eso, el consistorio pide cambiar la legislación, “no para quitar esta acción pública, sino para modularla. Esta modificación de la acción pública debería hacerse por el estado”, añaden desde el Ayuntamiento de Madrid.